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Andalucía.- Todos los informes de segunda opinión médica en Granada coinciden con el diagnóstico inicial

GRANADA, 16 (EUROPA PRESS)

La Delegación Provincial de Salud de Granada informó hoy de que, desde la puesta en marcha del Decreto que regula el derecho a la segunda opinión médica, todos los informes emitidos hasta ahora para pacientes que han solicitado este derecho han sido coincidentes con el diagnóstico y tratamientos iniciales.

En concreto, hasta el momento han sido 13 los pacientes granadinos que han recibido informes de segunda opinión, de los que cinco presentaban patologías de las denominadas 'raras' --aquellas cuya tasa de incidencia es inferior a cinco casos por cada 10.000 habitantes--; cuatro correspondían a tumores de carácter maligno; tres a enfermedades degenerativas del sistema nervioso, y el restante presentaba un tumor cerebral.

Por hospitales, siete pacientes estaban siendo atendidos en el Hospital Universitario Virgen de las Nieves, cuatro en el Hospital San Cecilio, uno en el Hospital Santa Ana de Motril y uno más en el Hospital de Baza. En el total de estos informes se ha confirmado el diagnóstico o tratamiento indicado en un principio.

En cuanto al conjunto de la comunidad autónoma, se han emitido un total de 161 informes de segunda opinión médica desde la entrada en vigor de este derecho. De éstos, en el 98 por ciento de los casos, es decir, 158 casos, se ha confirmado el diagnóstico o tratamiento indicado en un principio y sólo en tres no han sido coincidentes.

Por provincias, Granada ocupa el sexto lugar dentro de la comunidad autónoma en número de solicitudes, sólo por delante de Huelva y Córdoba.

Según Salud, la escasa demanda de la segunda opinión puede deberse al "relativo desconocimiento que la ciudadanía en su conjunto tiene todavía sobre este derecho", si bien resaltó el "alto nivel" de los centros sanitarios existentes en la provincia de Granada, con servicios médicos de referencia para otras provincias andaluzas.

El Decreto que regula el derecho a la segunda opinión médica se incorporó como derecho al Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) en mayo de 2003, siendo la primera comunidad autónoma que lo reguló y garantizando además un plazo máximo de respuesta al interesado establecido en 30 días.

Pueden hacer uso de este derecho el propio paciente, sus familiares o pareja de hecho y, en su caso, la persona en quien expresamente delegue el usuario de esta opción, tras el diagnóstico de una enfermedad de pronóstico grave, incurable o que comprometa en gran medida su calidad de vida. También se puede ejercer este derecho tras la propuesta de un tratamiento con elevado riesgo vital, una vez completado el proceso diagnóstico y siempre que la enfermedad no requiera tratamiento urgente.

AMPLIACIÓN DEL CATALOGO DE ENFERMEDADES

Además, y con el fin de dar respuesta al aumento de las expectativas de los ciudadanos respecto a esta prestación, la Junta de Andalucía publicó una Orden el 8 de septiembre, por la que se amplía el catálogo de procesos incluidos en este derecho.

En concreto, esta ampliación recoge los procesos de tumores malignos de piel; confirmación diagnóstica de parálisis cerebrales infantiles; accidentes cerebrovasculares y lesiones arteriales; patologías oftálmicas que provoquen disminución severa de la agudeza visual, y confirmación de alternativa terapéutica quirúrgica en aneurismas de aorta o cardiopatías isquémicas, entre otras.

En conjunto, la administración sanitaria andaluza oferta la posibilidad de recabar una segunda opinión médica en más de 900 enfermedades y procesos diagnósticos y terapéuticos.
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